El Presidente de la República
Que por Ley Nº 25212 se ha modificado la Ley Nº 24029 - Ley del Profesorado;
Que es necesario expedir en un cuerpo orgánico de normas al reglamento de las citadas Leyes, para su mejor aplicación;
De conformidad con el Artículo 211, numerales 11 y 20 de la Constitución Política del Perú;
Con cargo de dar cuenta al Congreso;
Artículo 1.- APRUEBASE el Reglamento de la Ley del Profesorado Ley Nº 24029 y su modificatoria Ley Nº 25212, el mismo que consta de seis (06) títulos, dieciocho (18) Capítulos, trescientos un (301) Artículos y ocho (08) Disposiciones Transitorias y que forma parte del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- El Ministerio de Educación expedirá las Normas Complementarias y Específicas que sean necesarias para la aplicación del mencionado Reglamento.
Artículo 3.- Derógase los Decretos Supremos Nº 31-85-ED, 05-86-ED y 008-88-ED y demás normas que se opongan al presente Decreto Supremo.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los dicecinueve días del mes de julio de mil novecientos noventa.
ALAN GARCIA PEREZ
Presidente Constitucional de la República
MERCEDES CABANILLAS DE LLANOS DE LA MATA
Ministra de Educación