Normar la planificación, organización, ejecución, monitoreo y evaluación de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa (TOE), que incluye los Programas de Prevención: “Cultura de Paz, Derechos Humanos y Convivencia Escolar”, “Educación Sexual” y “Promoción para una Vida sin Drogas”.
Orientar el desarrollo de las actividades de Tutoría y Orientación Educativa (TOE) en las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, a fin de contribuir en la mejora de la calidad del servicio educativo y la formación integral de los estudiantes, tal como lo plantea el Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular.
3.1. Direcciones Regionales de Educación.
3.2. Unidades de Gestión Educativa Local.
3.3. Instituciones Educativas de Educación Básica.
4.1 Ley N° 28044 – Ley General de Educación.
4.2 Decreto Ley N° 25762 – Ley Orgánica del Ministerio de Educación – Modificada por Ley 26510.
4.3 Ley 28427 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2005.
4.4 Ley Nº 28620 – Ley que regula la Participación de la Asociación de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas.
4.5 Ley Nº 27911- Ley que regula medidas administrativas extraordinarias para el personal docente o administrativo implicados en delitos de violación de la libertad sexual.
4.6 Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
4.7 Ley 27783 – Ley de Bases de la Descentralización.
4.8 Ley 27741 – Política Educativa en Materia de Derechos Humanos.
4.9 Ley 27733 – Nuevo Código de los Niños y Adolescentes.
4.10 Decreto Leg. N° 346 y su modificatoria Ley 26530 – Ley de Política de Población.
4.11 Decreto Ley N° 22095 – Ley de Represión del Tráfico Ilícito de Drogas.
4.12 D.S. N° 051-95-ED – Estructura Interna del Ministerio de Educación.
4.13 D.S. N° 002-96-ED – Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación.
4.14 D.S. N° 025-2001-ED – Crea la Oficina de Tutoría y Prevención Integral.
4.15 D.S. N° 015-2002-ED – Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local.
4.16 D.S. Nº 005-2003-ED – Reglamento de la Ley que regula las medidas administrativas extraordinarias para el personal docente o administrativo implicados en delitos de violación de la libertad sexual.
4.17 D.S. N° 021-2003-ED – Declara en Emergencia el Sistema Educativo Peruano.
4.18 D.S. N° 004-2004-PCM – Aprueba la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas 2002 – 2007.
4.19 D.S. N° 006-2004-ED – Lineamientos de Política Educativa.
4.20 D.S. N° 013-2004-ED – Reglamentos de Educación Básica Regular.
4.21 D.S. N° 015-2004-ED – Reglamento de Educación Básica Alternativa.
4.22 D.S. N° 002-2005-ED – Reglamento de Educación Básica Especial.
4.23 R.M. Nº 1073-2002-ED- Aprueban procedimiento de investigación y protección de maltratos físicos, psicológicos o de violencia sexual, en agravio de educandos, cometidos por personal del Sector Educación.
4.24 R.M. Nº 0735 – 2003 –ED- Campañas permanentes por escuelas saludables, libres de alcohol, tabaco y otras drogas.
4.25 R.M. N° 018-2005-ED – Aprueba Plan Operativo del Ministerio de Educación.
4.26 R.M. N° 0710-2005-ED – Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestión en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva 2006.
4.27 R.M. Nº 068-2005-ED – Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular.
5.1. La Oficina de Tutoría y Prevención Integral (OTUPI) se encarga de normar, planificar, ejecutar, monitorear, evaluar y difundir las políticas, estrategias y actividades de Tutoría y Orientación Educativa (TOE).
5.2. Las Direcciones Regionales de Educación (DREs) y las Unidades de Gestión Educativa Local (UGELs), designarán un especialista o un equipo de Tutoría y Prevención Integral quien se encargará de normar, planificar, ejecutar, monitorear y evaluar las acciones de Tutoría y Orientación Educativa (TOE); adecuándolas a las características regionales y locales en el ámbito de su jurisdicción.
5.3. Los Directores de las Instituciones Educativas (IIEE) son responsables de asegurar la incorporación de la Tutoría y Orientación Educativa (TOE), que incluye los temas de los Programas de Prevención, en el Proyecto Educativo Institucional (PEI), en el Proyecto Curricular del Centro (PCC) y en el Plan Anual de Trabajo (PAT). Las acciones de Tutoría y Orientación Educativa (TOE) deberán ser contextualizadas en función de las características, intereses y necesidades regionales, locales e institucionales.
5.4. Las DREs, las UGELs y las IlEE promoverán la suscripción de convenios a fin de articular las acciones educativas con otros sectores y la sociedad civil para contribuir al desarrollo de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa (TOE) de acuerdo a la normatividad vigente y a los lineamientos de la OTUPI.
5.5. Las DREs, las UGELs y las IlEE, en sus respectivos ámbitos, organizarán las capacitaciones que consideren pertinentes. Podrán colaborar en esta tarea los miembros del equipo regional de docentes especializado en Tutoría y Orientación Educativa (TOE).
5.6. La Tutoría y Orientación Educativa (TOE), posee un rol fundamental en la formación ética de los estudiantes. Las DREs, las UGELs e IlEE desarrollarán sus acciones tomando en cuenta la Propuesta de Formación Ética para la Emergencia Educativa, la misma que se encuentra disponible en la página Web del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe).
5.7. De la Tutoría
a. La Tutoría es un servicio de acompañamiento socio-afectivo, cognitivo y pedagógico a los estudiantes que debe integrarse al desarrollo curricular, aportar al logro de los aprendizajes y a la formación integral, en la perspectiva del desarrollo humano.
b. El Director de la Institución Educativa garantizará una hora de Tutoría dentro de las horas obligatorias para las áreas del Plan de Estudios de la Educación Básica Regular (EBR) y de la Educación Básica Alternativa (EBA).
c. El docente tutor deberá reunir cualidades para el desarrollo de su función: empatía, capacidad de escucha, confiabilidad, estabilidad emocional, respeto y valoración hacia la diversidad; así como una práctica cotidiana de valores éticos, entre otras.
d. En Educación Inicial y Primaria la función del tutor formal recae en el docente a cargo del aula. En primaria se deberá considerar una hora formal de tutoría.
e. En Educación Secundaria, la función de tutor formal recae en los profesores designados por el Director de la IE. La elección de los tutores tendrá en cuenta la opinión de los estudiantes, las cualidades y la capacidad de cumplir con las funciones de tutor expresadas en esta directiva.
f. El tutor debe ser docente de un área curricular de la sección a su cargo.
g. De ninguna manera, el docente tutor, ni el Coordinador de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar tendrán más de dos secciones a su cargo.
h. Los tutores deben elaborar el Plan Tutorial de Aula el cual será flexible y responderá a las necesidades e intereses de los estudiantes. Este plan debe hacerse teniendo en cuenta los instrumentos de gestión de la Institución Educativa.
i. En las Instituciones Educativas Rurales y en la Educación Básica Alternativa EBA, la Tutoría deberá adaptarse al contexto sociocultural y a las características particulares de los programas de dicha modalidad.
j. En la Educación Básica Especial (EBE), por su carácter inclusivo, se requerirá mayor flexibilidad a fin de que las acciones de tutoría se ajusten a las necesidades educativas asociadas con la discapacidad así como a quienes presenten talento y superdotación.
5.7.1. Las áreas de la Tutoría:
Las áreas de la Tutoría son ámbitos temáticos que nos permiten brindar atención a los diversos aspectos del proceso de desarrollo de los estudiantes, para poder realizar la labor de acompañamiento y orientación. Los docentes tutores priorizarán aquellas áreas que respondan a las necesidades e intereses de los estudiantes. No deben confundirse con las áreas curriculares.
a. Área Personal-Social: apoya a los estudiantes en el desarrollo de una personalidad sana y equilibrada, que les permita actuar con plenitud y eficacia en su entorno social.
b. Área Académica: asesora y guía a los estudiantes en el ámbito académico para que obtengan pleno rendimiento en sus actividades escolares y prevengan o superen posibles dificultades.
c. Área Vocacional: ayuda al estudiante a la elección de una ocupación, oficio o profesión, en el marco de su proyecto de vida, que responda a sus características y posibilidades, tanto personales como del medio.
d. Área de Salud Corporal y Mental: promueve la adquisición de estilos de vida saludable en los estudiantes.
e. Área de Ayuda Social: busca que los estudiantes participen reflexivamente en acciones dirigidas a la búsqueda del bien común.
f. Área de Cultura y Actualidad: promueve que el estudiante conozca y valore su cultura, reflexione sobre temas de actualidad, involucrándose así con su entorno local, regional, nacional y global.
g. Área de Convivencia y Disciplina Escolar: busca contribuir al establecimiento de relaciones democráticas y armónicas, en el marco del respeto a las normas de convivencia.
5.7.2. La Hora de Tutoría:
Es el principal momento del trabajo de la Tutoría:
a. Es un espacio de encuentro entre el tutor y los estudiantes y los estudiantes entre sí.
b. Es un momento para tratar asuntos relacionados con las necesidades e intereses de los estudiantes dentro del marco de las áreas de la Tutoría.
c. No es un Área Curricular por lo tanto los estudiantes no están sujetos a calificación.
d. Es una hora exclusiva para la orientación, no debe ocuparse con actividades de las Áreas Curriculares, ni otras actividades.
5.8. De la Prevención
La prevención se inscribe en el marco de la Tutoría y Orientación Educativa (TOE). En el ámbito nacional, existen algunas temáticas psicosociales reconocidas que requieren una atención particular para garantizar el adecuado desarrollo de los estudiantes y su formación integral. La Oficina de Tutoría y Prevención Integral desarrolla acciones a través de los siguientes Programas:
a. Programa Cultura de Paz, Derechos Humanos y Convivencia Escolar: promueve el desarrollo de capacidades, actitudes y conocimientos vinculados con los temas de Cultura de Paz, Convivencia y Disciplina Escolar, derechos de los niños y adolescentes, participación estudiantil y promoción de juventudes.
b. Programa de Educación Sexual: Contribuye a la educación sexual de los y las estudiantes, a través del acompañamiento que brinda la Tutoría y Orientación Educativa (TOE), favoreciendo una vivencia saludable, plena, responsable y sin riesgo de su sexualidad, con un fundamento ético, donde no hay espacio para ninguna forma de discriminación, abuso o explotación, en el marco de los derechos sexuales y reproductivos.
c. Programa de Promoción para una Vida sin Drogas: contribuye a la disminución de los niveles de consumo de drogas legales e ilegales en los estudiantes, a través de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa (TOE); fortaleciendo las capacidades y conocimientos de los docentes en el desarrollo de acciones preventivas, el uso de información especializada, la detección temprana y la derivación oportuna.
Las acciones de los Programas de Prevención se desarrollarán en:
- La hora de Tutoría: el tutor desarrolla los temas de prevención utilizando los materiales educativos de cada programa y otros elaborados por la IE u otro actor educativo, en el marco de las áreas de la Tutoría.
Programa de Prevención | Área de la Tutoría donde pueden desarrollar sus temas |
---|---|
Cultura de Paz, Derechos Humanos y Convivencia Escolar | Convivencia, Personal Social |
Educación Sexual | Personal Social, Salud Corporal y Mental |
Promoción para una Vida sin Drogas | Personal Social, Salud Corporal y Mental |
- Las Áreas Curriculares: los docentes desarrollarán las sesiones de aprendizaje con los contenidos de los programas de prevención expresados en el Diseño Curricular Nacional de EBR.
- El Plan Anual de Trabajo: de acuerdo a las necesidades de cada Institución Educativa se ejecutarán actividades relacionadas con los Programas de Prevención. Se sugiere la realización de campañas, concursos, pasacalles, jornadas de sensibilización, entre otros.
Para el desarrollo de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa (TOE), de acuerdo al proceso de Descentralización, se establece lo siguiente:
6.1. Organización y funciones
6.1.1. A nivel Central
La OTUPI como órgano dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica, es responsable de:
a. Formular políticas de Tutoría y Orientación Educativa (TOE), precisando las acciones para su implementación en coordinación con las DREs y las UGELs.
b. Elaborar y distribuir materiales educativos para docentes tutores sobre temas relacionados con la Tutoría, Cultura de Paz, Derechos Humanos y Convivencia Escolar, Promoción para una Vida sin Drogas y Educación Sexual.
c. Supervisar, monitorear y evaluar las actividades relacionadas con la Tutoría y Orientación Educativa (TOE).
d. Promover y ejecutar investigaciones relacionadas con la Tutoría y Orientación Educativa.
e. Coordinar con los diferentes sectores públicos, la sociedad civil y las agencias de cooperación internacional.
6.1.2. A nivel Regional
Las DREs a través de su Especialista o Equipo de Tutoría y Prevención Integral ejecutarán las siguientes funciones:
a. Planificar, asesorar, ejecutar, monitorear y evaluar las acciones de Tutoría y Orientación Educativa (TOE), adecuándolas a la realidad regional.
b. Elevar, a la Oficina de Tutoría y Prevención Integral, los informes semestrales de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa (TOE), con los consolidados e información solicitada a las UGEL (Ver Anexo 2).
c. Mediante Resolución Directoral constituir el equipo regional de docentes especializados en Tutoría y Orientación Educativa (TOE) para que colaboren en las acciones de capacitación a nivel regional y provincial. Los integrantes de dicho equipo serán los docentes participantes de los talleres macro regionales realizados por OTUPI.
6.1.3. A nivel Local
Las UGELs a través del Especialista o el Equipo de Tutoría y Prevención Integral ejecutarán las siguientes funciones:
a. Planificar, asesorar, ejecutar, monitorear y evaluar las acciones de Tutoría y Orientación Educativa (TOE) adecuándolas a la realidad local.
b. Desarrollar acciones de capacitación en Tutoría y Orientación Educativa (TOE) en su ámbito jurisdiccional.
c. Elevar, a la Dirección Regional, informes en los meses de junio y noviembre, sobre las acciones de Tutoría y Orientación Educativa (TOE), enfatizando logros y limitaciones. Estos informes deberán adjuntar la matriz del Anexo 2.
6.1.4. A nivel de Institución Educativa
En las IIEE se organizarán los Comités de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar, mediante resolución directoral, la misma que será remitida a la respectiva UGEL. Los Comités estarán conformados de la siguiente manera:
a. El Director quien lo preside o su representante.
b. El coordinador de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar. Si el Director lo considera pertinente, podrá existir un coordinador por cada nivel o turno.
c. Los tutores. En el caso de las IIEE con numerosas secciones puede integrarlo un tutor por grado o ciclo.
d. El psicólogo escolar y/o promotor de tutoría y orientación educativa si lo hubiera.
e. Un representante de los auxiliares de educación por turno o nivel cuando sea pertinente.
f. Representantes de los estudiantes de acuerdo a la organización de la institución educativa.
g. Otros integrantes de acuerdo a las necesidades y características de la IE.
Funciones del Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar
a. Contextualizar las actividades de Tutoría y Orientación Educativa (TOE), que incluyen los Programas de Prevención de acuerdo al diagnóstico del PEI.
b. Organizar, programar, orientar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades de Tutoría y Orientación Educativa (TOE).
c. Promover y organizar acciones de formación y asesoría, dirigidas a estudiantes, docentes y padres de familia.
d. Asegurar la incorporación de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa (TOE) en el PEI, PCC y PAT.
e. Promover la realización de reuniones periódicas a lo largo del año escolar entre tutores por grado y/o nivel para el intercambio de experiencias.
f. Promover y organizar la realización de tres o cuatro reuniones durante el año entre los tutores y los padres de familia de sus respectivas secciones, para tratar temas relacionados con la orientación de los estudiantes.
g. Promover las Escuelas de Padres de acuerdo a las posibilidades de cada Institución Educativa.
h. Promover el establecimiento de alianzas con otras instituciones, tomando en cuenta que su labor debe adecuarse a la normatividad vigente y a los lineamientos de OTUPI.
i. Es responsable de las acciones correspondientes a la Campaña “Tengo Derecho al Buen Trato”.
Del Coordinador de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar
a. Será designado por el Director de la Institución Educativa mediante Resolución Directoral.
b. En las IIEE donde exista el cargo de Coordinador de OBE, la persona responsable asumirá las funciones de Coordinador de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar.
c. El coordinador convocará y presidirá las reuniones del Comité y velará por el cumplimiento de las funciones de este.
d. Verificará la elaboración de los Planes Tutoriales de Aula por parte de los tutores.
Funciones del Tutor:
Con los estudiantes
• Acompañar el proceso de desarrollo de los estudiantes, con el objeto de asegurar su formación integral.
• Planificar, desarrollar y evaluar las actividades de la hora de tutoría, teniendo en cuenta las áreas de la tutoría.
• Facilitar la integración de los estudiantes en su grupo-clase y en el conjunto de la dinámica escolar.
• Si un estudiante tuviera una dificultad que, además del apoyo brindado en la institución educativa, requiera atención especializada, el tutor deberá coordinar con el Director y los padres de familia para su derivación a la institución correspondiente.
• Ante situaciones que vulneren los derechos de los estudiantes, el tutor deberá informar inmediatamente al Director sobre lo sucedido, quien deberá tomar las acciones necesarias para garantizar el respeto y cumplimiento de los derechos de los estudiantes.
• En Educación Secundaria, la evaluación del comportamiento estará a cargo del tutor, de acuerdo a las pautas señaladas en la R.M. N° 0710-2005-ED – Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestión en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva 2006.
Con los padres de familia
• Promover la comunicación con los padres de familia y contribuir en su formación, para desarrollar acciones coordinadas en beneficio de la formación integral de los estudiantes.
• En coordinación con el Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar, promover en su aula la realización de actividades de Escuela de Padres.
Con los profesores
• Mantener contacto y comunicación constante con los profesores y auxiliares de educación, que trabajan con los estudiantes de la sección a su cargo, con el fin de compartir información sobre el desarrollo de los estudiantes, coordinar acciones y promover la mejora continua de las relaciones entre profesores y estudiantes.
6.2. De los estímulos
Las Direcciones de las Instituciones Educativas, Direcciones de Gestión Educativa Local y las Direcciones Regionales de Educación reconocerán y estimularán a través de Resoluciones Directorales, la labor sobresaliente de los docentes en materia de Tutoría y Orientación Educacional, en aplicación del Artículo 26° de la Ley del Profesorado N° 24029 y los artículos 108° al 118° del Decreto Supremo N° 19-90-ED Reglamento de la Ley del Profesorado.
7.1 Las DREs y las UGELs emitirán las normas complementarias para el cumplimiento de la presente directiva en su ámbito jurisdiccional.
7.2 Las DREs y las UGELs y las Instituciones Educativas tendrán en cuenta las recomendaciones planteadas en el anexo Nº 01.
7.3 En el marco de los Planes Nacionales, Convenios y Acuerdos suscritos por el Ministerio de Educación, las DREs, las UGELs y las Instituciones Educativas de acuerdo a sus competencias, ejecutaran las acciones señaladas en:
7.3.1. Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2002 – 2010.
7.3.2. Plan Nacional de Apoyo a la Familia 2004 – 2011.
7.3.3. Plan Nacional contra la Violencia Hacia la Mujer 2002 – 2007.
7.3.4. Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006 – 2010.
7.3.5. Plan Nacional de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil2006 – 2010.
7.3.6. Plan Nacional de Derechos Humanos 2006 – 2010.
7.3.7. Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2002 – 2006.
7.3.8. Convenio de Cooperación Internacional con ONUDD – “Proyecto de Formación Integral para la Formación de Estilos de Vida Saludable en el Sistema Educativo Peruano”, promueve la integración de acciones relacionadas con la Educación Sexual, Cultura de Paz, Derechos Humanos y Promoción de una vida sin drogas. OTUPI asumirá las funciones del monitoreo y evaluación. ONUDD desarrollará las acciones del Convenio en coordinación con las DREs y UGELs .
7.3.9. Convenio Marco de Cooperación Técnica entre el Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud:
- Se coordinarán acciones con el sector salud, respetando la competencia y normatividad del sector educación.
- Las IIEE, en coordinación con el sector salud, orientarán a los estudiantes y padres de familia, para un mejor uso y aprovechamiento del Seguro Integral de Salud.
- Se emitirá una normativa específica respecto a las Escuelas Promotoras de Salud.
7.3.10. Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Proyecto de Fortalecimiento Integral de Turismo en las regiones de Amazonas, Cajamarca, La Libertad y Lambayeque.
7.3.11. Acuerdo entre el Ministerio de Educación y el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) – Implementación del Proyecto “ Exploremos el Derecho Internacional Humanitario”. Se implementará el Proyecto “Exploremos el Derecho Internacional Humanitario” en las Regiones de Apurímac, Huancayo, Huancavelica, Huanuco, Ica y Pasco. Asimismo, se continuará con el desarrollo del proyecto, en las Regiones donde se han implementado en los años anteriores.
7.3.12. Convenio entre la Coordinadora Nacional Multisectorial de Salud (CONAMUSA) y el Fondo Global. El Ministerio de Educación colabora con las acciones del Objetivo Nº 1 sobre Prevención de VIH/SIDA. Abarca las Regiones de Lima Metropolitana, Callao, Ica, Ancash, Piura, Loreto y Junín.
7.3.13. Acuerdo de Cooperación Interinstitucional a favor de la Educación Vial entre el Ministerio de Educación, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ministerio de Salud y el Ministerio del Interior.
7.4 Los materiales educativos distribuidos por la Oficina de Tutoría y Prevención Integral son patrimonio de cada Institución Educativa. Los docentes deberán hacer uso responsable de los mismos.
7.5 Se distribuirá a las DREs y UGELS del ámbito nacional materiales educativos. Estos materiales y otros de OTUPI se encontrarán disponibles en versión digital en http://otupi.huascaran.edu.pe
7.6 Se emitirá una directiva específica para cada uno de los siguientes temas: “Buen Trato y Convivencia Escolar Democrática”, “Defensorías del Niño y el Adolescente” y, “Prevención de Desastres”.
7.7 Se dispondrán las medidas necesarias a fin de garantizar la matrícula oportuna y permanencia en la escuela de los niños y niñas seropositivos.
7.8 Se respetarán irrestrictamente todos los derechos de los niños y adolescentes de acuerdo al Código de los Niños y Adolescentes (Ley Nº 27337).
7.9 Las DREs y UGELs promoverán y ejecutarán las acciones relacionadas con el concurso “Premio Nacional de la Juventud Yehuri Chihuara”. Se emitirá una directiva específica.
7.10 Se promoverán y ejecutarán acciones por el “Día Internacional de Lucha contra el Tráfico Ilícito y el Uso Indebido de Drogas”, por el “Día Internacional de Lucha contra la Violencia hacia la Mujer” y por el “Día Internacional de Lucha contra el SIDA”.
7.11 Los aspectos no considerados en la presente Directiva y que tengan relación con los propósitos establecidos en la norma, serán resueltos por la OTUPI.
1º de febrero de 2006
ORIGINAL FIRMADO
Francisco Javier Marcone Flores
Jefe de la Oficina de Tutoría y Prevención Integral