DIRECTIVA Nº 177-2005-DINESST
NORMAS A APLICAR EN EL TERCER MOMENTO DE LA CAMPAÑA NACIONAL “ESCUELAS LIMPIAS Y SALUDABLES”: EMULACIÓN POSITIVA Y AUTOEVALUACIÓN
Descargar anexo 01 "cuadro referencial para autoevaluación"
1. FINALIDAD
Normar el desarrollo del Tercer Momento: Emulación Positiva y Autoevaluación de la Campaña Nacional: “Escuelas Limpias y Saludables“, en el marco de la R.M Nro. 187-2005-ED que aprueba la Directiva Nacional Nro. 063-2005-DINESST/MED.
2. OBJETIVO
Establecer el marco general de los procedimientos a aplicar en las Direcciones Nacionales, Direcciones Regionales, Unidades de Gestión Educativa local e Instituciones Educativas para el desarrollo de la evaluación, reconocimiento y premiación de la Campaña Nacional: “ Escuelas Limpias y Saludables”.
3. BASE LEGAL
- Constitución Política del Perú.
- Ley Nro. 28044, Ley General de Educación.
- Acuerdo Nacional –Décimo Segunda y Décimo Novena Políticas de Estado.
- Ley Nro. 26839, Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la diversidad biológica,.
- Resolución Legislativa Nro. 26181, que aprueba el convenio sobre la Diversidad Biológica.
- Ley Nro. 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.
- Decreto Supremo Nro. 008-2005-PCM, Reglamento de la Ley Nro. 28245.
- Convenio Marco de Educación Ambiental entre el Ministerio de Educación, Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) y la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA).
- Decreto Supremo Nro. 06-2004-ED: Aprueba lineamientos específicos de Política Educativa – Abril 2004 a Diciembre 2006.
- Resolución Ministerial Nro. 0853-2003-ED: Disposiciones referentes a la aplicación progresiva de la Ley General de Educación, de medidas de Emergencia Educativa y el Programa Nacional de Educación en el año 2004.
- Resolución Ministerial Nro. 0048-2005-ED. Aprueba las Orientaciones y Normas Nacionales para la gestión en las Instituciones de educación básica y educación técnico – productiva 2005.
- Resolución Ministerial Nro. 0187-2005-ED que aprueba la Directiva No. 063-2005-DINESST/MED “Normas para el desarrollo de la Campaña “Escuelas Limpias y Saludables”.
4. ALCANCES
- Dirección Nacional de Educación Inicial y Primaria – DINEIP.
- Dirección Nacional de Educación Secundaria y Superior Tecnológica – DINESST.
- Direcciones Regionales de Educación – DRE.
- Unidades de Gestión Educativa Local - UGEL.
- Directores de las Instituciones Educativas de los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria.
- Consejos Educativos Institucionales y APAFAs.
- Consejos de Participación Local y Regional en Educación.
5. COBERTURA
Nacional.
6. DISPOSICIONES GENERALES.
- La Dirección Nacional de Educación Secundaria y Superior Tecnológica del Ministerio de Educación, en coordinación con la Dirección Nacional de Educación Inicial y Primaria, a través del Programa de Educación Ambiental, es responsable a nivel nacional de evaluar la Campaña Nacional : “Escuelas Limpias y Saludables”.
- Las UGEL y DRE, como instancias de gestión educativa descentralizada evaluarán las actividades relacionadas con la Campaña Nacional : “Escuelas Limpias y Saludables” en sus ámbitos de ejecución durante el año lectivo, en coordinación con el Programa de Educación Ambiental del MED.
- Los(as) directores(as) de Inicial, Primaria y Secundaria, son responsables de dirigir la evaluación de las acciones propias de la Campaña Nacional : “Escuelas Limpias y Saludables” en las instituciones educativas a su cargo.
7. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
- DE LA EMULACIÓN POSITIVA
- La Campaña Nacional: “Escuelas Limpias y Saludables” considera un proceso de reconocimiento de logros en Educación y Gestión Ambiental Escolar, con estímulos a las instituciones educativas participantes que conduzca a una emulación de experiencias promotoras en el marco de una competitividad positiva en la perspectiva de transformarse en Escuelas para el Desarrollo Sostenible.
- AUTOEVALUACIÓN
- El reconocimiento y estímulos a las II.EE se sustentan en la Autoevaluación de resultados, la misma que implica la identificación de objetivos alcanzados y los efectos positivos para la mejora de la calidad de vida en el ambiente escolar y de la comunidad, en el marco de la ejecución del Plan ambiental.
- La Autoevaluación realiza la comparación entre el estado del ambiente escolar al inicio y al término de la campaña mediante la aplicación de indicadores ponderados, fuentes y medios de verificación; y estará dirigida a reforzar una práctica positiva y transparente de la evaluación y a lograr la sostenibilidad de las innovaciones.
- INDICADORES Y PONDERACIONES A TENER EN CUENTA
- Para la autoevaluación las instancias utilizarán el cuadro referencial Anexo Nro. 01, pudiendo además utilizar otras fuentes y medios de verificación eficaces.
- La instancia evaluadora adoptará criterios a fin de definir los puntajes por cada indicador, debiendo para cada caso estar debidamente sustentado.
- Se consideraran II.EE ganadoras, en cada instancia, las que alcancen puntajes entre el rango de 90 y 100 puntos.
- Las II.EE que no obtengan ese puntaje seguirán en el proceso de evaluación para el año siguiente hasta lograr el rango de puntaje y poder ingresar a las etapas de nivel UGEL, regional y nacional.
- 7.4 INSTANCIAS DE APLICACIÓN Y RESULTADOS
- En la Institución Educativa
- El Comité Ambiental Escolar es el encargado de realizar la autoevaluación, para lo cual elaborará las fichas y documentos necesarios, levantando el acta correspondiente del resultado, que será presentado por la Dirección de la Institución Educativa a la UGEL correspondiente.
- En la Unidad de Gestión Educativa
- La UGEL inscribirá a las II.EE. participantes en un registro específico y reconocerá mediante Resolución Directoral, la incorporación voluntaria de las II.EE. en la Campaña Nacional: “Escuelas Limpias y Saludables”.
- La UGEL realizará su labor de evaluación sobre la base de las II.EE que voluntariamente se incorporaron a la Campaña.
- El especialista encargado de Educación Ambiental, el Comité de Escuelas Limpias y Saludables o los especialistas encargados del Área de Gestión Pedagógica, realizarán la revisión de los informes de las II.EE., ejecutarán acciones de verificación y determinarán cuáles serán las II.EE que obtengan un mínimo de 90 puntos en su evaluación.
Así mismo, señalará a las tres (03) II.EE. que hayan obtenido los más altos puntajes de evaluación para la premiación y paso a la siguiente fase. De lo actuado remitirán un informe sustentado a la Dirección Regional correspondiente.
- La UGEL emitirá una Resolución Directoral de reconocimiento a las II.EE. candidatas a “Escuelas Limpias y Saludables” a aquellas que hayan obtenido un mínimo de 90 puntos en la evaluación de UGEL y que no han sido declaradas ganadoras a nivel UGEL.
- En la Dirección Regional de Educación
- La Unidad de Gestión Pedagógica de la Dirección Regional de Educación recepcionará los Informes de las Unidades de Gestión Educativa Local y ejecutará las acciones pertinentes de evaluación a fin de seleccionar a las tres (03) II.EE. ganadoras del ámbito regional. De lo actuado remitirán un informe sustentado al Ministerio de Educación.
- En el Ministerio de Educación
- La Dirección Nacional de Educación Secundaria y Superior Tecnológica, y la Dirección de Educación Inicial y Primaria, en coordinación con el Programa de Educación Ambiental, recepcionarán los Informes de las Direcciones Regionales de Educación, ejecutarán las acciones pertinentes de evaluación y definirán a las tres (03) II.EE. ganadoras a nivel nacional procediendo a publicar los resultados.
- 7.5 DE LA PREMIACIÓN
- A nivel de UGEL se premiará a las II.EE. ganadoras como las mejores del año, otorgándoles en ceremonia especial un pañuelo y un gallardete verde con el símbolo alusivo a la Campaña Nacional: “Escuelas Limpias y Saludables”. Este reconocimiento podrá ser retirado de la II.EE. en caso no alcanzar en el año siguiente el puntaje requerido.
- A nivel regional se premiará a las II.EE. ganadoras otorgándoles en ceremonia especial el pañuelo verde con franjas doradas como las mejores del año y un gallardete verde con estrellas doradas con el símbolo alusivo a la Campaña Nacional: “Escuelas Limpias y Saludables”.Este reconocimiento podrá ser retirado de las II.EE. en caso no alcanzar en el año siguiente el puntaje requerido.
- A nivel nacional se premiará a las II.EE. ganadoras como las mejores del año, otorgándoles en ceremonia especial la Bandera Verde con estrellas doradas con el símbolo alusivo a la Campaña Nacional: “Escuelas Limpias y Saludables”. Este reconocimiento podrá ser retirado de las II.EE. en caso no alcanzar en el año siguiente el puntaje requerido.
- A partir del 2006 se otorgará gallardetes verdes y la bandera verde con dos (02) estrellas y con el símbolo alusivo a la campaña, si es que además de seguir manteniendo su premiación de una estrella, estas II.EE. realizan campañas de protección del ambiente, tales como reforestación en parques, ríos o quebradas, áreas desérticas, deforestadas, con especies nativas, o todas aquellas campañas que promuevan un desarrollo sostenible del ambiente, donde se ubican.
- Se otorgarán gallardetes y banderas verdes, ambos con tres (03) estrellas y con el símbolo alusivo a la campaña, a las II.EE. que además de mantener su premiación anterior realicen programas de atención de emergencia ambiental, proyectos de tratamiento de aguas y/o de residuos sólidos, proyectos integrados de Escuelas para el Desarrollo Sostenible u otros similares.
8. DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- Cronograma de ejecución para el presente año:
El proceso de evaluación y premiación se realizará teniendo en cuenta el siguiente cronograma límite:
- A nivel de Unidades de Gestión Educativa Local, hasta el 11 de noviembre.
- A nivel de Direcciones Regionales de Educación hasta el 18 de Noviembre.
- A nivel Nacional hasta el 21 de noviembre.
- Sólo para el presente año, en cada instancia se considerarán II.EE. ganadoras o reconocidas como “Escuelas Limpias y Saludables” , a las que alcancen puntajes entre el rango de 80 y 100 puntos.
- Para el año 2005, a nivel regional y nacional, solamente se otorgarán gallardetes y banderas verdes con una estrella como máximo reconocimiento.
9. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
- Los casos no previstos en la presente Directiva, serán resueltos por los Directores de la DRE, UGEL y de las Instituciones Educativas, para cuyo efecto podrán establecer las normas que crean pertinentes.
San Borja, Octubre del 2005.
GUILLERMO MOLINARI PALOMINO
Director Nacional de Educación Secundaria
y Superior Tecnológica (e)