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20-Mar-2018

Sobre el Enfoque de Igualdad de Género y el Currículo Nacional de la Educación Básica


(Expediente 011-2017-43-1801-SP-CI-01)


El Ministerio de Educación informa a la comunidad educativa y a la sociedad en general que, en cumplimiento de la medida cautelar concedida por la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, proceso de Acción Popular que cuestiona la RM N.° 281-2016-MINEDU, de 3 de junio de 2016, que aprueba el Currículo Nacional de Educación Básica, ha dispuesto lo siguiente:

Suspender momentáneamente la eficacia de la RM N.° 281-2016-MINEDU solamente en el extremo que aprueba el Currículo Nacional de Educación Básica respecto del Enfoque de Igualdad de Género contenido en el acápite II-Enfoques Transversales para el Desarrollo del Perfil del Egreso en la parte que se consigna “si bien que aquello que consideramos femenino masculino se basa en una diferencia biológica sexual, estas son nociones que vamos construyendo día a día en nuestras interacciones”, hasta que el recurso de apelación interpuesto sea resuelto por la Corte Suprema dándose por cumplido el mandato judicial.

El Ministerio de Educación expresa su preocupación por este fallo que interfiere en el rol rector del sector en la formulación de los contenidos educativos y hace votos para que las instancias correspondientes del Poder Judicial respeten el rol del Minedu en la definición de los contenidos educativos en el Currículo Nacional de acuerdo con la Ley General de Educación.

La Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional, como órgano de la Defensa Jurídica del Estado en la citada Acción Popular, interpondrá las acciones correspondientes con el fin de salvaguardar la rectoría del Ministerio de Educación en la elaboración y aplicación del Currículo Nacional de Educación Básica.

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