El Presidente de la República
Que, el Artículo 13 de la Constitución Política del Perú, establece que los Padres de Familia tienen el derecho de participar en el proceso educativo de sus hijos;
Que, mediante Ley Nº 28628, se regula la participación de los padres de familia y de sus asociaciones en las instituciones educativas públicas y en otros niveles de la gestión del sistema educativo, con el fin de contribuir a la mejora de la calidad educativa;
Que, la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del precitado dispositivo legal, encarga al Ministerio de Educación elaborar y aprobar el Reglamento correspondiente, en concordancia con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 018-2004-ED, en lo que sea pertinente;
Que, el Ministerio de Educación ha cumplido con su cometido, en sujeción a lo dispuesto en las normas antes mencionadas; por lo que es pertinente proceder a la aprobación correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y el Decreto Legislativo Nº 560;
Artículo 1.- De la Reglamentación
Apruébese el Reglamento de la Ley Nº 28628, Ley que regula la participación de los padres de familia y de sus asociaciones en las instituciones educativas públicas y en otros niveles de la gestión del sistema educativo, el mismo que consta de ochenta y seis (86) Artículos y seis (6) Disposiciones Complementarias y Finales que forman parte del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- De las Normas Complementarias
Facúltese al Ministerio de Educación a expedir las disposiciones complementarias que se requieran para la mejor aplicación del presente Reglamento.
Artículo 3.- De la Derogación
Derogar el Decreto Supremo Nº 018-2004-ED y toda disposición que se oponga al presente Decreto Supremo.
Artículo 4.- Del Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil seis.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER SOTA NADAL
Ministro de Educación