¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO QUE SE DEBE SEGUIR PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL?

El régimen disciplinario y procedimiento sancionador de la Ley del Servicio Civil es de aplicación automática a partir del 14 de setiembre de 2014, no se requiere procedimiento alguno para su implementación.


¿ES NECESARIO QUE LOS SERVIDORES 276, 728 Y CAS HAYAN PASADO AL NUEVO RÉGIMEN DEL SERVICIO CIVIL PARA QUE SE LES APLIQUE El PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL?

¿SERVIR YA TIENE COMPETENCIA PARA CONOCER RECURSOS DE APELACIÓN SOBRE PROCESOS DISCIPLINARIOS DE GOBIERNOS LOCALES?

EN El NUEVO REGIMEN Y PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL, ¿ES POSIBLE SANCIONAR A EXSERVIDORES (CAS, 276 Y 728)?